Cucorent
Alquiler de control de presencia y accesos
Buscar
Visita nuestra tienda
  • ARTÍCULOS
  • JURÍDICO
  • OPINIONES
  • ENTREVISTAS
  • PREGUNTAS FRECUENTES
Menu atrás  

Dictamen clave de Europa sobre la obligación del registro diario de la jornada de los trabajadores

5 febrero, 2019
Dictamen clave de Europa sobre la obligación del registro diario de la jornada de los trabajadores
4.4 (88.57%) 7 votes

obligacion registro de la jornada

 

Como venimos informando en este blog, la obligación del registro diario de la jornada laboral de todos los trabajadores es una iniciativa continua del gobierno español actual (que lo reflejó en su «Plan Director por un Trabajo Digno») y del Grupo Socialista del Congreso, cuya Proposición de Ley para modificar el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores se ha visto obstaculizada por continuos aplazamientos. Como reacción al bloqueo por parte de la oposición con mayoría en la Mesa del Congreso, el último movimiento del Gobierno en este sentido hasta la fecha fue su intención de aprobarlo por Decreto Ley el pasado 28 de diciembre, que a última hora descartó ante la oposición frontal de la CEOE, según fuentes de primer orden consultadas.

Ahora, un nuevo actor se suma a la controversia. El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Giovanni Pitruzzella acaba de recomendar que las empresas en España implanten un sistema de cómputo de la jornada laboral efectiva de sus trabajadores a tiempo completo como medida para garantizar que no se superan los límites temporales establecidos y se cumplen los tiempos de descanso obligatorios.

Aclaramos el peso real de esta figura y el alcance de sus conclusiones, la función de un Abogado General en el TJUE es aportar a los jueces su opinión imparcial e independiente. Seis de estos Abogados Generales son elegidos respectivamente por Alemania, España, Francia, Italia, Polonia y Reino Unido. Los otros cinco hasta llegar a 11 (aunque en la actualidad solo haya nueve) son elegidos por los restantes países siguiendo un turno de orden alfabético.

Los Abogados Generales no participan en las deliberaciones del Tribunal, sus conclusiones son preliminares y podrían no coincidir con la sentencia final, pero en la mayoría de los casos el Tribunal sigue las opiniones de los Abogados Generales.  

En caso de confirmar la propuesta de Pitruzzella en su sentencia del próximo mes de junio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estaría corrigiendo la doctrina del Tribunal Supremo español.

 

La doctrina del Tribunal Supremo, cuestionada una vez más 

 El dictamen de Pitruzzella se originó de la siguiente manera. Varios sindicatos españoles (entre ellos UGT y CC.OO) habían interpuesto ante la Audiencia Nacional una demanda de conflicto colectivo al Deutsche Bank para que se declarase la obligación de esta entidad de implantar un sistema de registro de la jornada a tiempo parcial de los trabajadores efectiva para toda su plantilla. La entidad bancaria alemana respondió acogiéndose a la doctrina del Tribunal Supremo en su sentencia de 23 de marzo de 2017 («caso Bankia»), que excluía la obligación general de registrar la jornada ordinaria de trabajo aduciendo que la ley española “únicamente obliga a llevar un registro de las horas extraordinarias trabajadas y a comunicar, a final de mes, el número de horas extras en caso de que estas se hubiesen efectuado”.

En este contexto, la Audiencia Nacional dirigió sus consultas a la justicia europea por tener dudas de que esta interpretación del alto tribunal español se ajustara a la normativa comunitaria, además de que “tiene como consecuencia que los trabajadores se vean privados de un medio probatorio esencial para acreditar la realización de horas por encima de su jornada laboral ordinaria”.

 

La propuesta de Pitruzzella y el caso español

 Respondiendo a las dudas de la Audiencia Nacional, Pitruzzella determina que tanto el artículo 31 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea como varios artículos de la Directiva 2003/88/CE sobre ordenación del tiempo de trabajo “imponen a las empresas la obligación de implantar un sistema de cómputo de la jornada laboral efectiva de los trabajadores a tiempo completo que no se hayan comprometido a realizar horas extraordinarias». Y además, añade que los fundamentos de derecho europeo en los que basa sus consideraciones  «se oponen a una normativa nacional de la que no resulta la existencia de esa obligación”.

También señala que la inexistencia de un sistema de cómputo del tiempo de trabajo “hace que sea mucho más difícil para el trabajador obtener la defensa judicial de los derechos que le confiere la directiva europea, puesto que se le priva de un primer indicio probatorio esencial”.

 

 ¿Es tan compleja su aplicación?

 En el dictamen del Abogado General se dice que los Estados Miembros «deben establecer un sistema que garantice el cómputo y registro de la jornada diaria de los trabajadores ya que sin dicho sistema no es posible determinar con objetividad y certeza la cantidad de trabajo efectivamente realizado y su distribución temporal, como tampoco es posible diferenciar entre horas ordinarias y extraordinarias de trabajo”.

Todo lo expuesto por Pitruzzella coincide al cien por cien con las iniciativas citadas del gobierno español y del Grupo Socialista del Congreso.

En el ambiente jurídico, la recomendación europea ha provocado una reacción muy significativa por tratarse del abogado Martín Godino, el propio artífice de que el Supremo desestimase en el citado «caso Bankia» la necesidad de controlar la jornada diaria. Ahora, en declaraciones al digital jurídico Confilegal, asume las conclusiones del Abogado General: “Parece evidente la necesidad de una reforma legislativa si la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se espera en junio sigue estos pasos. Mejor la reforma que esperar nuevos fallos judiciales que pudieran no estar todos alineados”.

 

Cada vez que este asunto se plantea en nuestro país se contraponen dos posturas. Por un lado, Gobierno, trabajadores y Seguridad Social indican que una parte del empresariado prefiere la situación actual de «alegalidad» que permite escamotear las horas extra tanto al trabajador (que no podrá demostrarlas) como a las arcas públicas (ya que no se cotizarán).

Frente a esta posición, los empresarios dicen que no se debería regular por ley sino a través de los convenios colectivos para adaptarse a la características de cada empresa y que es difícil señalar un solo sistema de registro para todos los casos dada la variedad de sectores y de condiciones de cada trabajador dentro de las empresas.

Lo que parece claro, y así lo incluye Pitruzzella en su propuesta, es que «cada Estado Miembro tiene libertad de establecer la forma de registro del tiempo efectivo de trabajo que considere más adecuada para conseguir que el Derecho de la Unión tenga efecto útil”.

 

El legislador español tendrá que actuar muy pronto ante una posible reforma que no es sencilla de realizar, pero en un entorno de avances tecnológicos constantes que se adaptan a realidades muy distintas, la diputada Rocío de Frutos (ponente de Proposición de Ley citada) ofrecía su opinión en declaraciones a este blog: «Las empresas que más pegas pueden poner son las de multiservicios, que dicen que estamos pensando este registro para centros de trabajo estables, como las fábricas. Pero debe de haber soluciones, alguna aplicación informática… Si la digitalización está modernizando las relaciones laborales, ¿no vamos a encontrar una solución para eso? Yo pienso que sí».

 

Compartir esta entrada
LinkedIn
Entradas relacionadas
gestionar empleados
5 pistas para gestionar empleados en tiempos VUCA
3 marzo, 2021
organización digital
La organización digital llega a nuestras empresas
24 febrero, 2021
fichar
¿Cómo vamos a fichar en las empresas?
11 febrero, 2021
Deja un comentario

Cancelar respuesta

Tu dirección de correo no será publicada. Los campos obligatorios están marcados *

Puedes utilizar etiquetas y atributos de HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>

Borrar formularioEnviar