Que el trabajo a distancia es una realidad en expansión es algo que ya nadie pone en duda. La pandemia aceleró la aplicación del teletrabajo en países donde aún era una novedad y ya se estima que más del 20% de los empleados en países desarrollados podrá seguir trabajando desde casa entre tres y cinco días por semana cuando el virus esté bajo control, casi el cuádruple que antes del Covid-19. En nuestro país, aunque el Banco de España habla del 31% de los empleos, quienes pueden ejercer su labor en remoto son fundamentalmente empleados en los sectores de servicios y tecnológicos.
Como nuevo paradigma, la aplicación del teletrabajo arrastra ventajas e inconvenientes. Entre las primeras cabe destacar la reducción de los desplazamientos y el consiguiente ahorro en combustibles que beneficia al medio ambiente, el ahorro de costes empresariales y una flexibilidad horaria que favorece la conciliación familiar. El lado negativo viene señalado por el riesgo de invasión laboral en la vida privada, la posible desvinculación del trabajador con la empresa y los problemas de seguridad informática que refleja el aumento producido este año en los ciberataques para secuestrar información empresarial y personal.
Los cambios de hábitos que ya se analizan a nivel global alcanzan dimensiones sociológicas que afectan al ocio en streaming, el parón de los viajes de negocios y al auge de la comida a domicilio por el ocaso de las oficinas entre otros extremos. Cuando regrese la cotidianeidad y el trabajo híbrido -mitad en la oficina, mitad en cualquier otro lugar-, esta revolución de nuestra cotidianeidad impactará en cascada sobre muchos más sectores. Y la fuerte aplicación del teletrabajo ya ha generado tendencias nuevas con etiquetas en inglés como workation (combinando trabajo remoto y vacaciones) o room office (trabajar en hoteles).
La aplicación del teletrabajo, una cultura que el empresario español aún debe asimilar
En España, para que la aplicación del teletrabajo sea una modalidad laboral común, avalada por el uso y cimentada en el cumplimiento regular de sus normativas, queda un largo trecho, y así lo manifestó el pasado 4 de abril el sindicato UGT. En un comunicado de esa fecha, el sindicato socialista denunció “el incumplimiento generalizado, evidente y continuado de la Ley del Trabajo a Distancia por parte de las empresas”. Apoyándose en datos de un sondeo del CIS sobre el uso de la tecnología durante la pandemia, afirma que «medio año después de su promulgación, los datos demuestran como el empresariado español persiste en vulnerar esa norma de obligado cumplimiento». El comunicado refleja que el 62,5% de las personas encuestadas por el CIS confirma que la empresa no le proporcionó un ordenador portátil para teletrabajar, «una obligación que las empresas deben satisfacer, por ley, desde el pasado septiembre». Además, denuncia que el 80% de los trabajadores pagan su conexión a Internet, porcentaje que sube hasta el 91% en el caso del personal administrativo. Según UGT, los empresarios tampoco cumplen el deber de facilitar un soporte técnico de apoyo al teletrabajo ni con el registro obligatorio de jornada, pues un 63,4% de los empleados en remoto trabaja más horas de las contratadas.
El sindicato recuerda que todos estos elementos de la relación laboral están perfectamente desarrollados en la Ley de Trabajo a Distancia, en la Ley de Garantías Digitales y en la norma que regula el registro de jornada: desde la dotación de medios y asunción de costes hasta la prevención de riesgos, pasando por la no discriminación profesional, la desconexión laboral y el registro de jornada.
Según los datos de la negociación colectiva de 2020, aunque durante el año pasado se multiplicó por tres el volumen de teletrabajo, las personas trabajadoras amparadas por un convenio que regule esta modalidad descendieron un 2% respecto a 2019, y de los 16,2 millones de asalariados que hay en España, solo 143.432 tienen un convenio colectivo que regule el teletrabajo.
En cuanto a la desconexión digital, sólo 20 de todos los convenios firmados en 2020 contenían cláusulas a tal efecto, por lo que “la regulación de la desconexión laboral por convenio colectivo ha pasado prácticamente desapercibida en 2020, en plena extensión del teletrabajo»-dice el comunicado.
No son solamente los empresarios españoles quienes necesitan adaptarse al nuevo paradigma, pero sí que son uno de sus motores imprescindibles. Enfrente tienen a una fuerza laboral con sindicatos como UGT, advirtiéndoles que denunciarán estos incumplimientos ante las autoridades laborales.