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¿Los directivos deben registrar la jornada laboral?

14 junio, 2022
¿Los directivos deben registrar la jornada laboral?
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directivos deben registrar la jornada

 

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley del 8 de marzo de 2019, el control horario de la jornada laboral ya no es una opción. Es toda una obligación cuyo incumplimiento puede derivar en denuncias de inspección de trabajo.

Ahora bien, dentro de una empresa hay perfiles muy distintos. De ahí que exista la duda sobre si los directivos deben registrar la jornada o no. Esto es lo que vamos a tratar de dilucidar a continuación teniendo en cuenta todo lo que la ley dice al respecto.

 

¿Quiénes tienen que registrar su jornada laboral?

Tomando siempre como base el texto legal que citamos antes, hay que decir que todo trabajador que tenga una vinculación contractual con una empresa debe registrar su jornada laboral según los medios que trabajadores y empresarios acuerden para ello y que sean válidos en los términos que establece la ley.

Es decir, todos los trabajadores deben registrar su jornada. El fin de esto es conseguir que disminuyan las horas extra no pagadas y que se habían convertido en una norma dentro de la mayoría de empresas en importantes sectores de la economía.

Claro que la realidad laboral dentro de una empresa puede ser realmente diversa. Esto sucede especialmente en las de mayor tamaño, y es que en ellas es complicado encontrar similitudes entre el cargo que desempeña, por ejemplo, un simple administrativo con las tareas llevadas a cabo por el director general.

La duda que se plantea es la de los altos cargos. ¿Tiene que registrar su jornada laboral ese directo que hemos citado en el ejemplo? Vamos a ver todos los aspectos que entran en juego aquí con mayor detalle.

 

¿Quiénes son los directivos?

Para saber si los directivos deben registrar la jornada, lo primero que hay que aclarar es el mismo concepto de esta figura laboral. Esto viene recogido en el Real Decreto 135/1985, por lo que no es necesario hacer ninguna invención al respecto.

Según el citado texto legal, se entenderá por altos directivos a aquellos cargos que tengan capacidad para tomar decisiones que afecten al conjunto de la empresa y que marquen las vías de negocio de la misma.

Salta a la vista que esta sencilla definición abre un abismo entre los simples trabajadores asalariados y el directivo tipo. Este último es una figura que retiene el poder de decisión dentro de la compañía, por lo que su trabajo es bastante peculiar.

Teniendo lo anterior en cuenta, es fundamental preguntarse también sobre el desarrollo en horas de las labores de estos profesionales. Lo cierto es que los directos son de los que más horas extra acumulan y, en la mayoría de los casos, estas son completamente invisibles al departamento de recursos humanos.

Es decir, no se compatibilizan de ninguna forma. Claro que el sueldo de estos profesionales es muy superior al de los trabajadores normales, algo que compensa esas horas de más que suelen estar en su puesto de trabajo.

Ahora bien, como hemos dicho, las horas extra del directivo son prácticamente invisibles. ¿Es esto legal o no?

 

¿Los directivos deben registrar la jornada?

Lo que dice la ley es que toda persona trabajadora tendrá que registrar su jornada laboral y que la empresa deberá implementar los mecanismos para que esto sea posible.

De ello se desprende que sí, los directivos deben registrar la jornada laboral como tienen que hacerlo el resto de los asalariados de la compañía.

Ahora bien, el Ministerio de Trabajo conocía perfectamente antes de lanzar la ley de control horario la realidad en la que viven estos profesionales. De esta forma, en su guía de implementación de la disposición legal ya hacía referencia a ellos de una forma concreta.

Por un lado se distinguió al personal de alta dirección como consejeros y demás. Estos no suelen tener un contrato de trabajo común y sus condiciones son muy especiales, por lo que quedaron fuera de ese control horario que se impuso a través de la ley. En muchos casos, los puestos que hemos citado pueden ser incluso trabajadores autónomos que en ningún momento están obligados a registrar su jornada laboral.

Cosa diferente es el de los cargos directivos con contrato. En estos casos, la obligación de fichar es la misma que tiene cualquier trabajador de la empresa.

Aunque sigue habiendo una salvedad para ellos. Normalmente, el directivo es un cargo que tiene que estar a disposición de la compañía las 24 horas por decirlo de una forma sencilla. El propio Ministerio recoge que se pueden llegar a pactos de disponibilidad entre la compañía y el empleado de una forma especial. Es más, esto sucedía antes de la publicación de la citada ley, y es que los contratos de los directivos solían tener cláusulas de compensación económica por la disponibilidad especial.

La conclusión a la que hay que llegar es clara: los directivos deben registrar la jornada, pero la empresa puede llegar a acuerdos especiales con ellos para que su disponibilidad sea la misma que anteriormente.

Es decir, hay que fichar, sí, aunque también es posible tener unas condiciones especiales que hagan que las horas trabajadas más allá de la jornada laboral común no computen como horas extraordinarias.

 

¿Cómo los directivos deben registrar la jornada?

Igual que el resto de trabajadores. Es decir, no hay que establecer un método concreto para ello, aunque sí que hay algunas peculiaridades a tener muy en cuenta que no deben olvidarse en absoluto.

Por ejemplo, en muchas ocasiones, el alto directivo es un profesional que tiene que viajar y desempeña su trabajo lejos del centro oficial de la empresa. En estos casos también hay que fichar, por lo que se deben tener en cuenta estos detalles.

Por suerte, hoy existen medios para que esto no sea ningún problema. Por ejemplo, el kit digital para fichar es una herramienta repleta de posibilidades que ninguna empresa debería dejar de lado.

Los medios telemáticos y digitales se han convertido en una llave para abrir puertas con las que conseguir que fichar sea sencillo y cómodo tanto para los trabajadores como para los directivos.

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