Europa lideró la revolución industrial y no renuncia a un papel destacado en la revolución tecnológica. Por eso la agenda digital es una prioridad para la Comisión Europea que quiere destinar más de 20.000 millones anuales a la inteligencia artificial y otros 6.000 a crear una gran nube europea en siete años. Con ello, Europa procura plantar cara a los grandes bloques y recuperar el protagonismo perdido en tecnología.
En este marco, la transformación digital en la empresa española es un desafío urgente con muchos actores implicados. Por un lado, se necesitan medidas políticas que extiendan la conectividad a amplias zonas rurales que hoy ni siquiera tienen cobertura de telecomunicaciones, y en las ciudades que concentran los negocios la digitalización aún está menos generalizada de lo que dan a entender los medios de comunicación. La prueba está en la resistencia que aún despierta en algunos sectores una medida tan aparentemente fácil como llevar un registro diario del tiempo que dedican a trabajar los empleados.
Pocos han visto aún la oportunidad que supone la obligación de implementar un sistema de control horario para iniciar un proceso de digitalización desde Recursos Humanos que involucre a todos los miembros de una empresa. Si bien el objetivo de la ley es garantizar que los empleados trabajen las horas que les corresponden, en esa gestión de datos entran en juego variantes como los horarios específicos de cada uno, calendarios laborales, vacaciones, permisos documentados, jornadas extraordinarias y otros datos que hacen del control horario una herramienta útil para organizar y mejorar la productividad de una organización.
Un ejemplo reciente de cómo utilizar los beneficios de la tecnología y los datos para cumplir la ley de manera fácil y responsable, facilitando además la flexibilidad y la conciliación de la vida profesional y personal de una plantilla, es el acuerdo firmado por Banco Sabadell con los sindicatos que representan a más del 78 % de su plantilla para aplicar el control horario. Este banco ha habilitado una aplicación de registro que desplegará de forma progresiva en todas las unidades de la entidad y sus filiales. El sistema permitirá a los trabajadores registrar la hora de inicio y fin de la jornada, informando del tiempo efectivo de trabajo, y los excesos de jornada tendrán que estar autorizados previamente por un director y ser compensados en un período máximo de cuatro meses. El acuerdo prevé, además, medidas para favorecer la desconexión digital, principalmente en el uso del correo y el teléfono fuera del horario laboral.
Control horario de la jornada y desconexion digital
Y es que la desconexión digital es uno de los caballos de batalla que utilizan quienes critican la obligación del control horario con mayor énfasis. Alegan que la norma es ambigua y genera dudas interpretativas dada la gran variedad de formas organizativas empresariales del tiempo de trabajo, y que recoger en el registro el inicio y fin de cada jornada diaria plantea dificultades para los trabajadores itinerantes o el teletrabajo. Algunos expertos laboralistas dicen también que la nueva obligación de registrar la jornada laboral no es apta para quienes trabajan por resultados, y que pueden arriesgar su derecho a la desconexión digital. Pero si trabajar por objetivos significa que, una vez cumplidas las tareas adjudicadas se ha terminado el trabajo, no significa en cambio que el empleado pueda elegir sus horarios, y por cuestiones organizativas es normal que haya franjas horarias establecidas para las entradas o salidas, además de que en estos trabajos suele haber también un número de horas mínimas marcadas.
Lo que está fuera de cuestión es que todas estas dudas encuentran ya su respuesta en medios tecnológicos accesibles en el mercado para cada caso, como no se les oculta a los más críticos con la norma, y ése puede ser el camino para iniciar una digitalización en la empresa que es imprescindible para su competitividad futura. No olvidemos que, si un trabajador invierte 5 minutos diarios en completar la información de entrada y salida de su jornada laboral (dos horas al mes), las aplicaciones informáticas disponibles suprimen prácticamente ese lapso de tiempo.
Para los trabajos por objetivos, están las múltiples opciones de pactos entre empresario y empleado, donde paradójicamente esa imprecisión tan criticada de la norma permite un margen amplio de actuación y ajuste. Y en cuanto al teletrabajo (ahora en pleno auge por la crisis del coronavirus) las aplicaciones móviles son una herramienta imprescindible de conexión y control.
Es cierto que la carencia de un reglamento del registro del control horario hace que muchos casos concretos permanezcan en un limbo jurídico que la práctica y la jurisprudencia habrán de ir completando, pero no lo es menos que su progresiva aplicación está abriendo enormes posibilidades de mejora y control en la organización y posicionamiento competitivo de las empresas.